Por ALI NUÑEZ
SANTO DOMINGO, RD. El Ministerio Público recurrió ante el Tribunal Constitucional (TC) la sentencia de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, que descarga al empresario Ángel Rondón y al ex ministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, condenados a cinco y ocho años de prisión, por su implicación en el caso Odebrecht.
Wilson Camacho, director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) solicitó al tribunal que anule la decisión dictada el pasado 31 de julio por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María Garabito Ramírez.
CONOCER DE NUEVO EL CASO EN SALA PENAL DE LA SCJ
En el recurso de revisión, las autoridades pidieron al TC que devolviera el expediente a la Secretaría de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia para que este tribunal conozca nuevamente el caso, con estricto apego al criterio que establezcan los jueces de esa alta corte en relación con los derechos fundamentales.
En la solicitud, firmada también por la encargada de litigación del Pepca, Mirna Ortiz, y Wagner Cubilete, solicita a los jueces del TC que declaren admisible el recurso de revisión contra la sentencia, por considerarla violatoria de los derechos fundamentales del debido proceso y de la tutela judicial efectiva.
SENTENCIA ORDENÓ CANCELAR TODA COERCION
En la sentencia que exoneró a Rondón y Díaz Rúa, se ordena el cese de todas las medidas de coerción en su contra, así como que le sean devueltos los bienes incautados a los imputados; además se ordena el levantamiento de toda oposición, restricción y orden de inmovilización de fondos.
Asimismo, la radiación y cancelación de cualquier inscripción u oposición y medidas cautelares, disponiéndose la restitución de todos los bienes afectados en ocasión de este proceso, en lo que se verifica razones sociales, empresas, apartamentos, cuentas de ahorros, entre otros.
SENTENCIA CONDENATORIA
Esta sentencia condenatoria había sido dictada el 14 de octubre de 2021 por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Las magistradas Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo encontraron culpable a Rondón de soborno nacional y lavado de activos y a Díaz Rúa de lavado de activos proveniente del enriquecimiento ilícito.
Además de Rúa y Rondón en este caso fue exonerado de responsabilidad penal Conrado Enrique Pittaluga Arzeno.
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