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TC anula límite de licencias de conducir: Foto: Intrant
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TC elimina renovación de licencia cada dos años para mayores de 75 años

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Por: Redacción SabanetaSR

Santo Domingo, RD. – El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto la disposición que obligaba a los conductores mayores de 75 años a renovar cada dos años determinadas licencias de conducir, tras considerar que la edad, por sí sola, no constituye una justificación suficiente para establecer ese trato diferenciado.

La decisión está contenida en la sentencia TC/0904/26, mediante la cual la Alta Corte declaró contrario a la Constitución el literal cuestionado del artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir, modificado en mayo de 2026 por el Decreto 330-26.

TC anula renovación de licencias de conducir cada dos años

De acuerdo con informaciones publicadas por Listín Diario y el periodista Javier Flores, el tribunal fundamentó su decisión, entre otros aspectos, en el derecho a la igualdad y en la protección constitucional de las personas adultas mayores.

El TC sostuvo que establecer diferencias por razones de edad puede ser admisible en determinadas circunstancias, pero estas deben estar debidamente justificadas. En el caso de las licencias de conducir, entendió que alcanzar los 75 años no permite determinar automáticamente si una persona posee o no las condiciones necesarias para manejar.

Evaluaciones deben determinar la capacidad

La sentencia plantea que la aptitud de un conductor debe establecerse mediante criterios objetivos, técnicos e individualizados. Los exámenes médicos y demás evaluaciones correspondientes permiten comprobar las condiciones de una persona sin depender exclusivamente de su edad.

El tribunal también consideró que una limitación de esta naturaleza requiere un respaldo legal adecuado y una relación proporcional entre la medida adoptada y el objetivo perseguido.

Según reseñó Listín Diario, en un trabajo firmado por Javier Flores, durante el proceso la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo defendió la reducción de la vigencia argumentando que con el envejecimiento pueden presentarse cambios visuales, auditivos, psicomotores o cognitivos que justifican controles más frecuentes.

La Procuraduría General de la República sostuvo una posición similar, señalando que la medida buscaba fortalecer la seguridad vial y no impedir que los adultos mayores obtuvieran licencias de conducir.

Voto salvado y debate por la edad

La decisión contó con un voto salvado del magistrado Amaury A. Reyes Torres. El juez coincidió con el resultado, aunque presentó argumentos propios y destacó la importancia de realizar evaluaciones individuales para establecer si una persona se encuentra en condiciones de conducir.

La regulación había provocado un debate público desde que se conoció su aplicación. Antes de la modificación realizada en mayo de 2026, el reglamento contemplaba una reducción de la vigencia de las licencias de conducir a partir de los 65 años. Posteriormente, el umbral fue elevado a 75 años.

Con la sentencia TC/0904/26 queda anulada la disposición impugnada que reducía a dos años la vigencia de las licencias correspondientes para conductores que alcanzaran esa edad.

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