TC declara inconstitucional límite al horario de venta de alcohol
Por: Redaccion SabanetaSR
Santo Domingo, RD. – El Tribunal Constitucional declaró contrario a la Constitución el decreto que regula el horario de venta de alcohol en colmados, bares, discotecas, casinos y otros establecimientos de diversión de la República Dominicana.
La decisión figura en la sentencia TC/0689/26, emitida tras una acción directa de inconstitucionalidad presentada por Víctor Eddy Mateo Vásquez. El tribunal determinó que la medida, aunque busca proteger la seguridad ciudadana y el orden público, se convirtió en una restricción permanente sin una ley aprobada por el Congreso Nacional.
Restricción al horario de venta de alcohol seguirá vigente dos años
Según informó Almomento.net, el decreto ha regulado durante unos 20 años el horario de venta de alcohol, prohibiendo el expendio después de la medianoche de domingo a jueves y desde las 2:00 de la madrugada los viernes y sábados. También establece sanciones contra los negocios que incumplan la disposición.
Restricción continuará durante dos años
Pese a declarar inconstitucional el decreto, el Tribunal Constitucional decidió mantenerlo vigente durante dos años, contados desde la notificación de la sentencia. La medida busca evitar que desaparezcan inmediatamente los controles sobre el horario de venta de alcohol.
Durante ese período, el Congreso Nacional deberá elaborar una legislación que regule de manera formal el expendio nocturno de bebidas alcohólicas.
El fallo reconoce que el Poder Ejecutivo puede adoptar restricciones temporales durante situaciones especiales, como los operativos de Semana Santa o Navidad. Sin embargo, una limitación general e indefinida del horario de venta de alcohol debe estar respaldada por una ley.
De acuerdo con Almomento.net, el tribunal consideró que el decreto perdió su carácter temporal y terminó funcionando como una regulación permanente, condición que excede las facultades ordinarias del Poder Ejecutivo.



