Gobierno pensiona a Juan Antonio Saint-Hilaire Pilarte y a otros 21 locutores más

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phoca thumb l 100 4432Por: Juan Pablo Bourdierd (JPB)
SANTIAGO RODRIGUEZ, R.D. El locutor de Santiago Rodríguez, el dinámico y de la voz melodiosa e inconfundible Juan Antonio Saint Hilaire Pilarte, quien lleva cuatro décadas deleitando a sus oyentes en Radio Zamba, ha sido pensionado por el Poder Ejecutivo junto a 21 compañeros más de todo el país.

Al ser favorecido por el decreto emitido por el presidente Leonel Fernández, con motivo de ser hoy 18 de abril el día del locutor, Saint Hilaire Pilarte, disfrutará de la friolera de 25 mil pesos a través del Fondo de Pensiones y Jubilaciones.

Este hombre del micrófono ha dedicado parte de su vida a la locución, con una labor fructífera y desde las páginas de este medio de comunicación vayan las congratulaciones.

Otros de los beneficiados a nivel nacional figuran Pedro Melo Abreu, Minerva Altagracia Vargas Vásquez, José Antonio Peña Guerrero, Aquilino Terrero Ureña, Ramón Gaspar Rodríguez Rodríguez, Rafael Taveras López, Antonio Fermín Polanco Martínez, Sergio Lendof Martínez y Juan Antonio Saint-Hilaire Pilarte.

También Lourdes Esperanza Sánchez de Rodríguez, Ramón Antonio Lescalle Francisco, Santiago Noel Disla Tejeda, Ramón Antonio de Jesús Taveras García, Juan Martín, Dania Guerrero, José Hamburgo, José Rafael Dorville Jiménez, José Manuel Escarfuller Cabrera, Francisco de Jesús García García, Lilliam Esther León C. de Cabrera, Lloyd Cristóbal Capellán, Alcibíades de la Rosa Domínguez, Norma Beatriz Graveley Hernández, Alejandro Vargas Pérez, Juan Eugenio Villar y Luis Santiago Fernández Portorreal.

La mayoría de los locutores beneficiados tienen una avanzada edad y han dedicado toda su vida a la locución.

En su artículo 2 el decreto establece que solo se podrán beneficiar aquellos que no estén disfrutando de otra pensión del Estado, y precisa que en tal caso, los beneficiados podrán escoger la pensión que más le favorezca.

Dichas pensiones serán pagadas con cargos a los fondos de pensiones y jubilaciones del Estado y efectivas en tres meses a partir de la fecha de emisión de este decreto.

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